Pensionistas en unos bancos. IDEAL

La Seguridad Social desvela la fecha en la que los pensionistas cobrarán la paga extra de verano

La Seguridad Social también ha advertido que en algunos casos no se percibirá por tenerla prorrateada

IDEAL

Miércoles, 18 de mayo 2022, 12:37

La mayoría de los pensionistas que perciben una prestación contributiva están a punto de cobrar la paga extra de verano, la primera de las dos ayudas adicionales que se abonan durante el año.

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Con el objetivo de evitar confusiones, el servicio de atención ... a la ciudadanía de la Seguridad Social ha compartido en sus perfiles de redes sociales la fecha en la que se cobrará este año la paga extra de verano de las pensiones.

Según ha explicado el organismo, esta ayuda extra se abonará en junio junto a la nómina mensual habitual. La fecha establecida, hasta el momento, es el 1 de julio, aunque el día exacto puede variar en función de la entidad bancaria.

A raíz de la pandemia, los bancos decidieron adelantar el pago de las pensiones a final del mes de devengo en lugar de a comienzos del siguiente mes. El objetivo era ayudas a aquellas familias cuya fuente principal de ingresos son este tipo de prestaciones.

Esta medida era entendida como un apoyo a colectivos especialmente vulnerables por aquel entonces, pero algunas entidades han optado por mantenerlo y otras han recuperado los ciclos normales, por lo que no todos los pensionistas cobrarán la paga extra el mismo día.

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De hecho, cabe destacar que algunos ni siquiera percibirán esta ayuda adicional de la Seguridad Social.

Los pensionistas que no cobrarán la paga extra de verano

En algunas casos, no se contemla el pago en 14 mensualidades y se abona el importe de esas dos pagas extra de forma prorrateada durante todo el año. No significa que estas personas cobren menos dinero, simplemente se divide en 12 mensualidades en lugar de en 14.

Esto puede ocurrir cuando se cobra una pensión de incapacidad permanente, tanto si es de grado total, absoluta o de gran invalidez, que tenga como origen una enfermedad profesional o un accidente laboral. Estas personas no cobrarán la paga extra porque la tienen prorrateada durante el año.

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Los que sí la cobrarán sin problema serán quienes perciban una pensión contributiva de jubilación, de viudedad o de incapacidad permanente en todos sus grados, siempre que proceda de una enfermedad común o un accidente no laboral.

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