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Martes, 8 de diciembre 2020, 15:12
En España existen distintas autoridades competentes para sancionar en materia de tráfico y en muchas ocasiones los conductores tienen dudas al respecto, como si un policía local puede multar en carretera o un guardia civil en una ciudad. Para aclarar estas dudas e indicar a los ciudadanos a quién deben dirigirse en cada tipo de sanción, la Dirección General de Tráfico (DGT) publica una tabla en la que se indican las distintas competencias.
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Concretamente, en su página web indica los distintos cuerpos que pueden sancionar: la Dirección General de Tráfico, Ayuntamientos, y Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas en materia de tráfico (Cataluña, a través del Servicio Catalán de Tráfico y País Vasco, a través de su Dirección de Tráfico). Cada uno de dichos organismos gestiona sus propios expedientes de sanciones.
Según indica la DGT, los procedimientos que dan lugar a las sanciones de tráfico han de ser iniciadas por una Autoridad competente que entienda que se ha cometido una infracción. Puede ser por iniciativa propia o mediante denuncia de Agentes de la Autoridad encargados del servicio de vigilancia del tráfico y control de la seguridad vial o de cualquier persona que tenga conocimiento de la misma.
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