Domingo, 26 de febrero 2023, 09:26
En materia de pensiones son muchas las novedades que están suciéndose en las últimas fechas. Con la nueva reforma fiscal llevada a cabo el año pasado, a partir de enero, se presentarán diversos cambios en cuanto a tributación. El cambio de los topes en ... las rentas para declarar el IRPF o impuesto a la renta, es uno de los cambios más sonados. Además de las rentas por trabajo, la medida también considerará las rentas por pensiones de jubilación. Esto es, las pensiones contributivas, a partir de cierto tope, tendrán una nueva tabla de retenciones en el IRPF.
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De acuerdo con el artículo 17 de la Ley de IRPF, en el cálculo de este tributo se tienen en cuenta los ingresos y situación personal y/o familiar. Lo anterior, aplica tanto para trabajadores como pensionistas, de este modo, los ingresos por concepto de pensiones son considerados como rendimientos del trabajo. Si bien Hacienda estipuló una serie de rebajas fiscales para aplicarse en 2023, la entidad ha dejado claro que estas no cubrirán a todos los pensionistas.
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La razón de esta exclusión está basada en la revalorización efectuada a las pensiones por el Gobierno, con un porcentaje del 8,5%. Únicamente podrán disfrutar de las reducciones fiscales, las rentas por pensiones entre los 15.000 y los 21.000 euros. Así mismo, no tendrán que declarar los pensionistas con ingresos anuales inferiores a los 15.000 euros. Considerando lo anterior y para efectuar el cálculo correctamente, Hacienda ha dispuesto de una tabla de retenciones de IRPF para 2023 que contempla lo siguiente.
· De 0 a 12.450 euros, se aplicará un 9,5% en el tipo estatal y el tipo autonómico; es decir, un 19% en total.
· De 12.450 a 20.200 euros, se aplicará un 12% de tipo estatal y tipo autonómico; es decir, un 24% en total.
· De 20.200 a 35.200 euros, se aplicaría un 15% de tipo estatal y tipo autonómico; es decir, un 30% en total.
· De 35.200 a 60.000 euros, se aplicará un 18,5% de tipo estatal y tipo autonómico; esto es, un 37% en total.
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· De 60.000 a 300.000 euros, se aplicará un 22,5% de tipo estatal y tipo autonómico; esto es, un 45% en total.
· Más de 300.000 euros, se aplicará un 24,5% de tipo estatal y tipo autonómico; es decir, un 47% en total.
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