ideal/europa press
Miércoles, 7 de abril 2021, 16:06
El Ministerio de Sanidad va a proponer este miércoles a las comunidades autónomas, en el seno del pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), no obligar a la población a usar mascarilla en playas, piscinas, lagos o embalses durante el baño, ... la práctica de deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, pero sí cuando se vaya a dar un paseo.
Publicidad
Así, el Ministerio propone modificar la Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, conocida como ley de 'nueva normalidad', aprobada el pasado 18 de marzo en el Congreso de los Diputados y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado martes, en la que se establecía la obligatoriedad de utilizar mascarillas en todos los lugares y circunstancias.
Noticias Relacionadas
No obstante, la ministra de Sanidad, Carolina Darias, ya aseguró que la normativa iba a ser revisada, junto a las comunidades autónomas, para introducir los cambios que fuesen necesarios. De hecho, algunas comunidades autónomas, como por ejemplo Andalucía, han pedido al Gobierno rectificar de manera «urgente» la normativa para hacer obligatorio el uso de la mascarilla «para tomar el sol en la playa.
Ante este escenario, el borrador del documento que Sanidad va a trasladar esta tarde a las comunidades, y al que ha tenido acceso Europa Press, se establece que, siempre y cuando se mantenga una distancia mínima de 1,5, se podrá no hacer uso de las mascarillas en los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo, durante el baño y durante la práctica de deporte.
Además, Sanidad propone que tampoco sea obligatorio su uso en las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático, y en los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
Publicidad
La mascarilla sí será obligatoria en el peso por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales; en el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos; en los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas; y cuando se permanezca en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.