IDEAL
GRANADA
Lunes, 19 de abril 2021
El último paso en el saldo de las deudas pendientes de la Tesorería General de la Seguridad Social es el embargo y la subasta de los bienes del deudor. Tras rebasar el periodo de pago voluntario y llevar a cabo la vía ejecutiva, ... puede hacerse con las posesiones del titular del adeudo, pero, para recuperar el efectivo, estas pueden ser puestas en venta. Así, bienes, inmuebles y coches son ofertados para su adquisición por parte de cualquier persona que no esté directamente involucrada en la Unidad de Recaudación Ejecutiva, que no sea uno de los tasadores, ni depositarios de los bienes ni uno de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.
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El proceso comienza con el anuncio de la subasta de los bienes embargados por parte de la Seguridad Social. Estas pujas son promovidas por las Direcciones Provinciales de la entidad en su página web, en la sección 'Subasta de bienes embargados'. Allí, se puede consultar la información sobre los bienes que se subastan en cada comunidad autónoma y provincia, divididos en cinco apartados: finca rústica, finca urbana, vehículo, embarcación y resto de bienes inmuebles. Seguidamente, se selecciona el ámbito geográfico que interese y la web arroja información sobre los bienes subastados.
En concreto, tras la búsqueda, el portal muestra una relación con el patrimonio puesto a concurso, así como el importe de tasación, el importe de cargas, el número de lote, el tipo de enajenación y la fecha de la subasta. Al pinchar sobre cada uno de los bienes inmuebles, la información se amplía. La Seguridad Social aporta una descripción general y detallada del bien; su localización -si se trata de una finca-; su modelo, su marca, su bastidor y su matrícula -si se trata de un vehículo-, y los datos de la subasta, como la fecha, la hora y el lugar.
El proceso de puja es sencillo. El primer paso es la identificación, para lo que existen dos vías: la primera es exhibirse en el acto público; la segunda y más habitual es la entrega de un sobre cerrado que contiene una copia de la identificación. Es necesario que la persona pujante no se encuentre en una situación legal incompatible y disponga de capacidad de obrar conforme a derecho. Debe consignar el 25% del precio del bien subastado, si bien el porcentaje se elevaría al 30% si la postura es verbal en acto público. Además, el resguardo de la consigna también deberá incluir la hora y el minuto en que se realizó la entrega. Se pueden verificar las condiciones y plazos de participación en el propio portal de la Seguridad Social.
Es importante comprobar el estado de los bienes embargados y puestos a subasta, pues la Seguridad Social no se hace responsable de ellos. De igual forma, hay que atender antes de la compra a si el bien presenta cargas o algún factor que dificulte su dominio efectivo. Después de la puja, el Director Provincial entregará a cada participante un Certificado de Adjudicación que debe recoger los pormenores de la deuda y el propio proceso de subasta, siempre que se haya pagado el precio final fijado. De igual forma, se expide el Mandamiento de Cancelación de Cargas, que suprime las cargas que arrastraba el inmueble antes de su embargo.
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