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Empleo y ayudas económicas

Cómo cobra más paro: aviso del SEPe sobre el periodo de cotización

Esta variable se calcula teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo

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Jueves, 24 de marzo 2022, 11:45

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha explicado a través de su página web cuánto tiempo se cobra de paro por cada año trabajado. Cabe destacar que esta variable se calcula teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los ... seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo anterior. Los días de vacaciones pagadas y no disfrutadas se considerarán periodos de ocupación cotizada.

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En el caso de las personas emigrantes retornadas o las personas liberadas de prisión, la duración de la prestación se calculará teniendo en cuenta las cotizaciones realizadas en los 6 años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión, respectivamente. Si han cotizado en el extranjero o en prisión, el cálculo de los 6 años hacia atrás será desde la fecha en que haya terminado la relación laboral.

Días de cotización | Días de prestación

  • de 360 a 539 120

  • de 540 a 719 180

  • de 720 a 899 240

  • de 900 a 1079 300

  • de 1080 a 1259 360

  • de 1260 a 1439 420

  • de 1440 a 1619 480

  • de 1620 a 1799 540

  • de 1800 a 1979 600

  • de 1980 a 2159 660

  • desde 2160 720

En la web del SEPE se puede acceder a un programa de autocálculo que le dará una orientación acerca de la duración y cuantía de la prestación contributiva y que solo tendrá carácter informativo.

Además, según explica el SEPE en su página web, la cuantía del paro dependerá del tiempo que el ciudadano cobre la prestación. Así, los primeros seis meses podrá percibir el 70% de la base reguladora y a partir de ese momento cobrará el 50% de la base reguladora todos los meses.

De este modo, según el SEPE, la base reguladora se calculará obteniendo la «media de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias».

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