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Miércoles, 25 de agosto 2021, 10:29
La Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico (DGT) permite realizar diversos trámites relacionados con las multas. Gracias a esta web se pueden abonar las multas, aunque también solicitar la devolución del importe de las mismas si la persona sancionada identifica alguna anomalía ... o incidencia sujeta a reclamación, como que haya habido una duplicidad en el pago o que el importe abonado no coincida con el de la sanción.
Para acceder a toda la información sobre este trámite hay que entrar en la sección 'Multas' de la Sede Electrónica de la DGT y después pulsar en 'Solicitud de devolución de multas'. Los medios para hacer la solicitud son los siguientes:
- Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico.
- Por Internet, a través del Registro Electrónico ('Presentación de escritos y comunicaciones' de la Sede Electrónica). Para ello hay que disponer de DNI electrónico, credenciales de Cl@ve o certificado electrónico. En el Registro Electrónico hay que seleccionar como «Organismo destinatario» la Jefatura u Oficina de Tráfico que corresponda a la persona sancionada y en el «Asunto» hay que indicar «Solicitud Devolución de Pago de Multas
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Este trámite lo puede realizar el titular de la sanción, la persona que hubiera realizado el pago de la misma (en caso de ser distinta a la persona sancionada) o una tercera persona que actúe en nombre del sancionado con su autorización. La documentación que hay que presentar para realizar la solicitud es la siguiente:
- Impreso de solicitud de devolución de tasas o sanciones debidamente cumplimentado.
- Justificante del pago de la sanción donde se identifica el número de expediente sancionador para los casos en los que se solicita la devolución por haber duplicado el pago cuando es el mismo día y para los casos en los que la persona que hubiera realizado el pago de la sanción fuera distinta al sancionado.
- Copia de la resolución del recurso o reclamación, en caso de ser la causa de la devolución.
- Justificación de la autorización por parte del sancionado para realizar la solicitud en caso de no ser el titular ni el pagador de la multa.
La devolución del dinero siempre se realiza a una cuenta corriente. A la hora de cumplimentar el impreso de devolución se debe indicar en qué cuenta se desea recibir el importe. No se puede poner cualquier número de cuenta, sino que la misma debe pertenecer a la persona que hace el trámite.
No existe un plazo fijo de devolución, aunque la DGT indica de una manera orientativa que el plazo de devolución puede alargarse hasta los seis meses. La DGT no realiza ninguna notificación para informar de si se ha estimado o no la resolución del pago. Si se ha estimado, directamente se realiza el pago en la cuenta corriente indicada en la solicitud.
La DGT recuerda que en este trámite solo se puede solicitar la devolución de multas impuestas por este organismo, por lo que antes de realizar la solicitud se debe comprobar quién ha impuesto la sanción.
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