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Aviso de la Seguridad Social a padres y padres por la solicitud de la prestación

La Seguridad Social recoge en una de sus últimas publicaciones la forma de gestionar esta solicitud por tres vías diferentes

IDEAL

GRANADA

Viernes, 13 de agosto 2021, 14:49

La revista oficial de la Seguridad Social recogió en una de sus últimas publicaciones cómo se puede solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de un menor de edad. Esta sustituye tanto a la de maternidad como a la de paternidad, unificándolas en un ... único proceso. El servicio ofrece tres vías para tramitar la solicitud: de forma telemática, por correo ordinario o presencialmente.

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Para hacerlo de forma telemática, existen dos mecanismos, en función de si se dispone de certificado digital o un perfil y contraseña en el sistema Cl@ve. Si se tiene alguno de estos dos elementos, la solicitud se tramita a través del portal 'Tu Seguridad Social', en el que habrá que rellenar unos datos y adjuntar la documentación correspondiente. Si no se dispone de ninguno de los dos, el proceso requiere un primer paso de autentificación, que se realiza a través de la plataforma para trámites sin certificado digital del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

La solicitud por correo postal ordinario consiste en descargar y rellenar el formulario de solicitud para, seguidamente, remitirlo por correo a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina correspondiente. Es necesario adjuntar el resto de la documentación que requiera el proceso.

La modalidad presencial, por último, requiere presentar la solicitud y el resto de la documentación en una de las oficinas del servicio de forma presencial. Es importante que, antes de comenzar la tramitación de la solicitud, será necesario pedir cita previa para acudir a la oficina correspondiente.

Para solicitar la prestación por nacimiento de un hijo es necesario, además de la propia solicitud de prestación, adjuntar la acreditación de identidad de los progenitores, por medio del DNI, del pasaporte o del NIE. Los trabajadores autónomos, además, deberán presentar el certificado de empresa en el que conste la fecha del inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor. Por último, hay que entregar los documentos específicos sobre el nacimiento del menor, tales como el informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud, el libro de familia o el certificado de la inscripción del recién nacido en el Registro Civil.

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