Revisión ITV. IDEAL
Revisión ITV

El tiempo máximo de margen para pasar la ITV y que no se adelante la siguiente fecha

Un Real Decreto de 2017 cambió la normativa relativa a este asunto

IDEAL

Miércoles, 26 de enero 2022, 12:49

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es una prueba imprescindible para circular con tu vehículo por las carreteras españolas. En ocasiones, un simple detalle puede provocar que un automóvil no supere la revisión, por lo que es importante conocer bien la normativa al respecto. ... En todo caso, superar la ITV es un proceso que hay que completar en un tiempo máximo determinado. Lo que algunos conductores desconocen es que retrasarse con respecto a dicha fecha o adelantarse en exceso puede provocar el cambio de la siguiente revisión.

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Cabe destacar que en el año 2017 un cambio en el Real Decreto 920/2017, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, modificó los tiempos de revisión. Según recoge el RD, si se realiza la inspección en los 30 días previos a la fecha de caducidad, no se tendrán en cuenta para fijar la siguiente fecha de caducidad.

«El plazo de validez de las inspecciones técnicas periódicas se obtendrá adicionando a la fecha en la que el resultado de la inspección haya sido favorable la frecuencia indicada en este artículo. No obstante, si dicha fecha está comprendida en los 30 días naturales precedentes a la expiración del plazo de validez de la inspección anterior, el plazo de validez se obtendrá adicionando la frecuencia correspondiente a la citada fecha de expiración», dice el Real Decreto.

Por tanto, si un vehículo tiene que pasar la ITV como muy tarde el 15 de enero, y la pasa el 5 de ese mismo mes, la siguiente fecha en la que tendrá que acudir como tarde no será el 5 de enero del año que corresponda, sino que se respetará la fecha límite anterior y se fijará para el día 15 de enero. Es decir, existen 30 días en los que da exactamente igual apurar más o menos hasta la fecha límite.

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