Así tributarán los trabajadores autónomos que han recibido ayudas durante la pandemia

Esta es la forma en la que trabajadores por cuenta propia deberán tributar por las prestaciones por cese de actividad, líneas de avales y aplazamientos de impuestos

IDEAL

Martes, 8 de diciembre 2020, 15:12

Los autónomos, uno de los colectivos más afectados por la crisis económica derivada del coronavirus, han visto incrementado en los últimos meses el abanico de ayudas para paliar los efectos de la pandemia, incluyendo prestaciones por cese de actividad, líneas de avales y aplazamientos de impuestos. Un alivio para muchos trabajadores por cuenta propia que, sin embargo, tienen que tener en cuenta que será obligatorio tributar por muchas de estas ayudas.

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En la web Autonomosyemprendedores.es ofrecen una guía para saber cómo tributar en caso de haber recibido estas ayudas durante la pandemia:

Cómo tributan las ayudas por el cese de actividad

Después de muchas dudas, la Administración ha confirmado que estas ayudas tributarán como rendimiento de trabajo, aunque todavía no está claro qué implicaciones fiscales tendrán. Además, la propia entidad pagadora (la mutua, en este caso) enviará al autónomo al inicio de la campaña un certificado de retenciones en el que constarán las cantidades totales recibidas durante el ejercicio.

Prestaciones exentas

Aquellas prestaciones que estén por debajo de los 2.000 euros quedarán exentas de pagar impuestos, debido a que tienen una exención por rendimientos del trabajo. Esto no quiere decir que no se tenga que imputar en IRPF. Habrá que incluir los ingresos pero no se pagará por ellos.

Cuotas exoneradas o devueltas

Las exoneraciones en las cuotas de autónomos no tendrán que tributar, porque es un dinero que ni se ha pagado ni se ha recibido. No obstante, en las devoluciones, si el autónomo deduce el gasto de la cuota que pagó en su momento, también tendrá que imputarse el ingreso.

Subvenciones de las comunidades autónomas

En cuanto a las ayudas de las comunidades autónomas, se deberá tributar por ellas, aunque no por rendimientos de trabajo, sino por actividades económicas. En este caso, al ir estas subvenciones dirigidas a cubrir la bajada de ingresos, más adelante, el trabajador las tendría que declarar como rendimientos de su actividad, a no ser que se indique por norma que esta ayuda está exenta de tributar.

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Implicaciones fiscales de los préstamos del ICO

El importe que reciben los autónomos por un préstamo no tributa en ningún caso, ya que no se considera un ingreso al tener que ser devuelto. Los intereses que sí pueden ser deducibles.

Aplazamiento de impuestos

Por último, aquellos autónomos que solicitaron el aplazamiento de impuestos por el parón del confinamiento y que todavía no hayan saldado la deuda, deben tener en cuenta que los intereses empezarán a sumar. Esto fue así hasta el pasado 20 de noviembre, momento en el que la Agencia Tributaria cargó en su cuenta el importe total de la deuda aplazada. Según los expertos, a partir del cuarto mes los autónomos tendrán que abonar los intereses de demora.

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