Imagen de archivo del presidente de la Junta, Juanma Moreno

Todas las restricciones de la Junta que entran este martes en vigor en Andalucía

Se amplía el toque de queda y el comercio no esencial deberá cerrar a las 18.00 horas

Ideal

Martes, 10 de noviembre 2020, 10:55

Ante el aumento de contagios en Andalucía y la alta presión hospitalaria, la Junta aprobó el pasado domingo nuevas restricciones para intentar frenar la pandemia. Dichas medidas han entrado en vigor esta medianoche y afectan a todos los municipios de la comunidad por igual, si ... bien en Granada las restricciones impuestas son más severas. Las medidas que están en vigor desde hoy son las siguientes.

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Cierre perimetral de todos los municipios andaluces

Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad autónoma y también de cada uno de sus municipios, salvo para aquellos desplazamientos justificados. Sólo se pueden realizar desplazamientos, entre otras razones, para asistir a establecimientos sanitarios, cumplir con obligaciones laborales, asistir a centros educativos y cuidar a personas mayores o dependientes. Sí está permitida la circulación en tránsito a través de ámbitos territoriales que tengan limitada la movilidad siempre que sea necesario para realizar desplazamientos autorizados entre municipios.

Se amplía el toque de queda

Está restringida la movilidad en horario nocturno desde las 22.00 horas y hasta las 7.00 horas. Sólo se podrá circular durante ese tiempo para adquirir medicamentos y bienes de primera necesidad, asistir a centros sanitarios o veterinarios, retornar al lugar de residencia habitual, cumplir con obligaciones laborales, repostar en gasolineras, cuidar a mayores y dependientes, realizar actividades en lonjas pesqueras, mercados y centros de expedición de primeras ventas y por otras causas de fuerza mayor.

Cierre de la actividad no esencial a las 18.00 horas

Aquellas actividades consideradas no esenciales deberán cerrar a las 18.00 horas en toda Andalucía. Quedan excluidos de dicha limitación horaria las siguientes actividades y establecimientos: actividad industrial, establecimientos comerciales minoristas de alimentación y bienes de primera necesidad, establecimientos sanitarios, servicios profesionales y empleados del hogar, servicios sociales y sociosanitarios, clínicas veterinarias, gasolineras, estaciones ITV, servicios de entrega a domicilio, comedores sociales, velatorios, centros deportivos para la realización de actividad física al aire libre, puntos de encuentro familiar y Centros de Atencion Infantil Temprana y de tratamiento ambulatorio.

En el caso de la provincia de Granada, todos los comercios no esenciales y la hostelería tienen suspendida su actividad. Sólo podrán permanecer abiertos los siguientes establecimientos: minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados de abastos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías y peluquerías.

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Suspensión de la docencia presencial en las universidades

Las universidades públicas y privadas impartirán las clases teóricas virtualmente, aunque se mantiene la presencialidad para prácticas experimentales, rotatorias, Practicum, o actividades similares, incluidas las de investigación. Los colegios e institutos continúan con la docencia presencial.

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