Chema Ruiz España
GRANADA
Lunes, 9 de noviembre 2020, 11:49
El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, anunció este domingo nuevas medidas restrictivas con el objetivo de frenar la expansión de la pandemia en la Comunidad Autónoma en esta segunda ola. Estas, recogidas en el BOJA del 8 de noviembre, entrarán ... en vigor en la próxima medianoche y permanecerán vigentes, a priori, hasta el próximo día 23. Destaca entre ellas el cierre perimetral de cada municipio, así como el cierre de toda la actividad no esencial en Granada, una medida que dibuja en el territorio andaluz un mapa variopinto en cuanto a prohibiciones y permisos.
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María Dolores Tortosa
María Dolores Tortosa
La Junta ha habilitado el portal mapacovid.es para que los ciudadanos puedan resolver las dudas en cuanto a qué pueden hacer y qué no dentro de su municipio, del que no podrán salir salvo por una causa justificada. Para toda la Comunidad, además del citado cierre perimetral, también se prorrogó y amplió el toque de queda, que desde este martes será de 22:00 horas a 7:00 horas. Además, las actividades no esenciales, salvo en Granada, deberán cerrar seis de la tarde. Permanecerán cerradas las universidades, que impartirán sus clases de forma telemática, a excepción de las prácticas que requieran presencialidad.
El resto de medidas se han adoptado en función de la situación sanitaria de cada provincia y permiten distinguir hasta cuatro niveles de alerta entre los municipios andaluces. Ninguno en la Comunidad Autónoma se encuentra en el primer nivel de alerta, mientras que en el nivel 2 apenas se hallan media provincia de Málaga, quince municipios de Almería y casi toda la provincia de Huelva.
-Uso de piscinas municipales a un aforo máximo del 75% de su capacidad.
-Ceremonias civiles con un aforo del 50%, tanto en espacios cerrados como al aire libre, y siempre manteniendo distancia de seguridad.
-Acudir a locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas con un aforo del 75% de su capacidad, no más de seis personas en mesa.
-Celebraciones tras ceremonias religiosas o civiles, regidas por las medidas de hostelería si se celebran en un local hostelero y con un aforo del 75% de la capacidad del local si se celebran en un recinto distinto. En este último caso, se establece un máximo de 100 personas en interior y de 150 asistentes al aire libre, que deberán repartirse en mesas de, como máximo, seis personas.
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-Velatorios y entierros, con un máximo de 25 asistentes al aire libre y 10 personas en espacios de interior, sean o no convivientes.
-Apertura del 75% de las áreas comunes de las residencias universitarias. El mismo porcentaje se habilita en comedores, si bien aquí se limita el aforo a 100 personas en interior y 150 en exteriores.
-Apertura de instalaciones deportivas convencionales y no convencionales, incluidos gimnasios, con un aforo máximo del 65%, independientemente de si son recintos abiertos o cerrados. De igual manera, se permite el acceso de público hasta completar un 65% de la capacidad máxima de la instalación, con un máximo de 400 personas en espacios cerrados y 800 al aire libre. Deporte no federado en grupos estables y clases diseñadas para un máximo de 15 personas.
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-Apertura de establecimientos recreativos infantiles para público igual o inferior a doce años. Espacios con un aforo máximo del 60% en lugares abiertos y un tercio de su capacidad en recintos cerrados. Las atracciones de feria tendrán un aforo máximo del 50%, salvo si no se puede garantizar la distancia de seguridad interpersonal, que será del 30%.
-Reuniones de peñas, asociaciones gastronómicas, recreativas y culturales con un aforo máximo del 75% y distancia de seguridad.
-Se recomienda no celebrar fiestas, romerías y otros festejos.
-Apertura de recintos hosteleros con un 75% del aforo en el interior del local y del 100% en espacios abiertos si no hay música. En recintos hosteleros con música, se reduce el aforo al 60% en espacios interiores, pero se mantiene el 100% al aire libre. Los locales exclusivos de bebidas deben cerrar. El consumo en barra con distanciamiento está permitido, así como la agrupación en mesas de seis personas como máximo. En cualquier caso, se ha de mantener la distancia de seguridad.
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-Visita de monumentos y centros culturales sin superar el límite del 75% del aforo y con un máximo de 25 personas por grupo.
-Uso de zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos a un 50% de su aforo o con un máximo de 15 personas.
-Espectáculos taurinos con un 50% de espectadores y butacas numeradas.
-Apertura de mercadillos públicos cumpliendo medidas de distanciamiento.
-Celebración de congresos y otros eventos con un aforo máximo del 75%, un máximo de 400 personas en espacios interiores y de 800 al aire libre.
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-Uso de la totalidad de asientos del transporte público y del 75% de la capacidad disponible para pasajeros que viajen de pie.
-Uso de archivos, bibliotecas y centros de documentación a un 75% del aforo.
-Actividades zoológicas y botánicas con un aforo de dos tercios de la capacidad del recinto, 50% en las atracciones y grupos de 25 personas como máximo.
-Navegación de recreo sin superar el número máximo de personas autorizadas en los certificados de navegabilidad.
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-Actividad cinergética. Si se desarrolla algún servicio hostelero o de restauración, se limita el aforo al 75%, con un máximo de 100 personas en interior y 150 en exteriores, divididos en mesas de seis personas.
-Pesca deportiva, fluvial, deportiva y recreativa con mascarillas y distancias de seguridad.
-Campamentos con 150 participantes en espacios abiertos y el 50% del aforo o un máximo de 100 personas en espacios cerrados si incluyen pernoctación. Las actividades sin pernoctación tendrán una duración limitada de doce horas, en las que se dividirán grupos de 10 participantes como máximo y un monitor por grupo. Los comedores no podrán superar el 50% del aforo y los asistentes se dividirán en mesas de hasta seis personas.
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-Acudir a cines, teatros y demás espectáculos públicos al 75% del aforo, con un máximo de 400 personas en espacios cerrados y 800 al aire libre.
-Apertura de establecimientos comerciales a un 75% del aforo.
-Acudir a playas, cerradas de 21:30 horas a 7:00 horas.
-Acudir a parques infantiles manteniendo la distancia de seguridad. Las actividades de animación, deportivas o grupales deben diseñarse para un aforo máximo de 15 personas.
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-Actividades en academias y autoescuelas con un aforo máximo del 75%.
-Actividades turísticas en grupos de hasta 30 personas sin guía y 30 con guía.
-Uso de piscinas municipales a un aforo máximo del 50% de su capacidad.
-Ceremonias civiles con un aforo del 50%, tanto en espacios cerrados como al aire libre, y siempre manteniendo distancia de seguridad.
-Acudir a locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas con un aforo del 50% de su capacidad y no más de seis personas en mesas.
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-Celebraciones tras ceremonias religiosas o civiles, regidas por las medidas de hostelería si se celebran en un local hostelero y con un aforo del 50% de la capacidad del local si se celebran en un recinto distinto. En este último caso, se establece un máximo de 50 personas en interior y de 75 asistentes al aire libre, que deberán repartirse en mesas de, como máximo, seis personas.
-Velatorios y entierros, con un máximo de 20 asistentes al aire libre y 10 personas en espacios de interior, salvo que todos sean convivientes.
-Apertura del 50% de las áreas comunes de las residencias universitarias. El mismo porcentaje se habilita en comedores, si bien aquí se limita el aforo a 75 personas en interior y 100 en exteriores.
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-Apertura de instalaciones deportivas convencionales y no convencionales, incluidos gimnasios, con un aforo máximo del 50%, independientemente de si son recintos abiertos o cerrados. De igual manera, se permite el acceso de público hasta completar un 50% de la capacidad máxima de la instalación, con un máximo de 200 personas en espacios cerrados y 400 al aire libre. Deporte no federado en grupos de seis personas y clases diseñadas para un máximo de 10 personas.
-Apertura de establecimientos recreativos infantiles para público igual o inferior a doce años. Espacios con un aforo máximo del 50% en lugares abiertos y un 25% en recintos cerrados. Las atracciones de feria tendrán un aforo máximo del 30%, salvo si no se puede garantizar la distancia de seguridad interpersonal, que será del 20%.
-Reuniones de peñas, asociaciones gastronómicas, recreativas y culturales con un aforo máximo del 50% y distancia de seguridad.
-Apertura de recintos hosteleros con un 50% del aforo en el interior del local y del 100% en espacios abiertos si no hay música. En recintos hosteleros con música, se reduce el aforo al 50% en espacios interiores, pero se mantiene el 100% al aire libre. Los locales exclusivos de bebidas deben cerrar. El consumo en barra no está permitido, pero sí la agrupación en mesas de seis personas como máximo. En cualquier caso, se ha de mantener la distancia de seguridad.
-Visita de monumentos y centros culturales sin superar el límite del 65% del aforo y con un máximo de 15 personas por grupo.
-Uso de zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos a un 30% de su aforo o con un máximo de 10 personas.
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-Espectáculos taurinos con un 40% de espectadores y butacas numeradas.
-Apertura de mercadillos públicos con el 75% de los puestos habitualmente permitidos cumpliendo medidas de distanciamiento.
-Celebración de congresos y otros eventos con un aforo máximo del 60%, un máximo de 200 personas en espacios interiores y de 400 al aire libre.
-Uso de la totalidad de asientos del transporte público y del 75% de la capacidad disponible para pasajeros que viajen de pie.
-Uso de archivos, bibliotecas y centros de documentación a un 65% del aforo.
-Actividades zoológicas y botánicas con un aforo del 50% de la capacidad del recinto, un tercio en las atracciones y grupos de 15 personas como máximo.
-Navegación de recreo permitida con un 75% de la capacidad de la embarcación, una persona en caso de las motos de agua.
-Actividad cinergética. Si se desarrolla algún servicio hostelero o de restauración, se limita el aforo al 50%, con un máximo de 50 personas en interior y 75 en exteriores, divididos en mesas de seis personas.
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-Pesca deportiva, fluvial, deportiva y recreativa con mascarillas y distancias de seguridad.
-Campamentos con 75 participantes en espacios abiertos y el 40% del aforo o un máximo de 50 personas en espacios cerrados si incluyen pernoctación. Las actividades sin pernoctación tendrán una duración limitada de doce horas, en las que se dividirán grupos de 10 participantes como máximo y un monitor por grupo. Los comedores no podrán superar el 50% del aforo y los asistentes se dividirán en mesas de hasta seis personas.
-Acudir a cines, teatros y demás espectáculos públicos al 60% del aforo, con un máximo de 300 personas en espacios cerrados y 500 al aire libre.
-Apertura de establecimientos comerciales a un 60% del aforo.
-Acudir a playas, cerradas de 21:30 horas a 7:00 horas.
-Acudir a parques infantiles manteniendo la distancia de seguridad. Las actividades de animación, deportivas o grupales deben diseñarse para un aforo máximo de 10 personas.
-Actividades en academias y autoescuelas con un aforo máximo del 60% o 25 personas.
-Actividades turísticas en grupos de hasta 15 personas, con o sin guía.
-Uso de piscinas municipales a un aforo máximo del 40% de su capacidad.
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-Ceremonias civiles con un aforo del 30%, tanto en espacios cerrados como al aire libre, y siempre manteniendo distancia de seguridad.
-Acudir a locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas con un aforo del 40% de su capacidad y no más de seis personas en mesas.
-Celebraciones tras ceremonias religiosas o civiles, regidas por las medidas de hostelería si se celebran en un local hostelero y con un aforo del 30% de la capacidad del local si se celebran en un recinto distinto. En este último caso, se establece un máximo de 30 personas en interior y de 50 asistentes al aire libre, que deberán repartirse en mesas de, como máximo, seis personas.
-Velatorios y entierros, con un máximo de 15 asistentes al aire libre y 6 personas en espacios de interior, salvo que todos sean convivientes.
-Apertura del 30% de las áreas comunes de las residencias universitarias. En los comedores se habilita el 50% y se limita el aforo a 75 personas en interior y 100 en exteriores.
-Apertura de instalaciones deportivas convencionales y no convencionales, incluidos gimnasios, con un aforo máximo del 40%, independientemente de si son recintos abiertos o cerrados. No se permite el acceso de público. No podrá realizarse deporte de grupo no federado. Grupos limitados a seis personas.
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-Apertura de centros de ocio infantiles, parques de atracciones y parques acuáticos con un aforo máximo del 40% en lugares abiertos y un 15% en recintos cerrados. Las atracciones de feria tendrán un aforo máximo del 30%, reducido al 20 por ciento si tienen asientos. Si no se puede garantizar la distancia de seguridad interpersonal, la atracción permanecerá cerrada.
-Apertura de recintos hosteleros con un 30% del aforo en el interior del local y del 75% en espacios abiertos si no hay música. En recintos hosteleros con música, se reduce el aforo al 30% en espacios interiores, pero se mantiene el 75% al aire libre. Los locales exclusivos de bebidas deben cerrar. El consumo en barra no está permitido, pero sí la agrupación en mesas de seis personas como máximo. En cualquier caso, se ha de mantener la distancia de seguridad.
-Visita de monumentos y centros culturales sin superar el límite del 65% del aforo y con un máximo de 10 personas por grupo.
-Uso de zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos a un 30% de su aforo o con un máximo de 6 personas.
-Espectáculos taurinos sin espectadores.
-Apertura de mercadillos públicos con el 50% de los puestos habitualmente permitidos cumpliendo medidas de distanciamiento.
-Celebración de congresos y otros eventos con un aforo máximo del 40%, un máximo de 100 personas en espacios interiores y de 200 al aire libre.
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-Uso de la totalidad de asientos del transporte público y del 50% de la capacidad disponible para pasajeros que viajen de pie.
-Uso de archivos, bibliotecas y centros de documentación a un 65% del aforo.
-Actividades zoológicas y botánicas con un aforo de un tercio de la capacidad del recinto, un 20% en las atracciones y grupos de 10 personas como máximo.
-Navegación de recreo permitida con un 50% de la capacidad de la embarcación, una persona en caso de las motos de agua.
-Actividad cinergética. Si se desarrolla algún servicio hostelero o de restauración, se limita el aforo al 30%, con un máximo de 30 personas en interior y 50 en exteriores, divididos en mesas de seis personas.
-Pesca deportiva, fluvial, deportiva y recreativa con mascarillas y distancias de seguridad.
-Campamentos con 50 participantes en espacios abiertos y el 30% del aforo o un máximo de 30 personas en espacios cerrados si incluyen pernoctación. Las actividades sin pernoctación tendrán una duración limitada de doce horas, en las que se dividirán grupos de 6 participantes como máximo y un monitor por grupo. Los comedores no podrán superar el 50% del aforo y los asistentes se dividirán en mesas de hasta seis personas.
-Acudir a cines, teatros y demás espectáculos públicos al 40% del aforo, con un máximo de 200 personas en espacios cerrados y 300 al aire libre.
-Apertura de establecimientos comerciales a un 50% del aforo.
-Acudir a playas, cerradas de 21:30 horas a 7:00 horas.
-Acudir a parques infantiles manteniendo la distancia de seguridad. Las actividades de animación, deportivas o grupales deben diseñarse para un aforo máximo de 6 personas.
-Actividades en academias y autoescuelas con un aforo máximo del 40% o 25 personas.
-Actividades turísticas en grupos de hasta 10 personas, con o sin guía.
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