Ideal
Domingo, 22 de noviembre 2020, 16:30
No todas las personas que alcanzan la edad legal de jubilación tienen derecho a recibir una pensión contributiva, pues deben cumplir una serie de requisitos. Incluso aquellas personas que han cotizado los años mínimos pueden no recibir el 100% de la cuantía de la pensión. ... Esto se debe a que, para recibir el total de la pensión, la Seguridad Social exige varias cosas.
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En el año 2020 para poder recibir una pensión hay que cumplir con dos requisitos básicos. El primero, haber cotizado durante al menos 15 años, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 inmediatamente anteriores al hecho causante. El segundo requisito es haber cumplido la edad legal de jubilación: 65 años si se han cotizado 37 años o más o 65 años y 10 meses si se ha cotizado menos.
Si se cumplen con estos dos requisitos se puede acceder a la pensión contributiva de jubilación. La base reguladora de la cuantía en 2020 se calcula de la siguiente manera: dividiendo por 322 las bases de cotización del interesado durante los 276 meses inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante.
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El porcentaje de la base reguladora que recibe cada pensionista varía en función de los años cotizados y, por eso, no todos pueden obtener el 100% de la pensión. Aquellas personas que sólo hayan cotizado el tiempo mínimo (15 años) tienen derecho a recibir el 50% de la pensión que les corresponde. A partir de los 15 años cotizados se empieza a sumar un porcentaje por cada mes adicional. En 2020, del mes adicional 1 al 106 se aplica un coeficiente del 0,21% a la base reguladora, mientras que en los 146 meses adicionales restantes se aplica un coeficiente del 0,19%. Por tanto, para recibir el 100% de la pensión hay que cotizar un total de 36 años.
Asimismo, existen ciertos casos en los que el trabajador puede acceder a la jubilación anticipada de forma voluntaria. En esta situación el beneficiario no podrá acceder al 100% de la pensión que le correspondiera aunque cumpla con los años exigidos. A la cuantía determinada aplicando a la base reguladora el porcentaje que corresponda según los años cotizados se le aplica después un coeficiente reductor por cada trimestre o fracción de trimestre que, en el momento del hecho causante, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación. Estos coeficientes reductores oscilan entre el 1,625% y el 2% en función de los años cotizados.
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