La DGT aclara las dudas sobre desplazamientos: personas, vehículos, fases y mascarillas

Las normas son distintas en función de si los ocupantes comparten domicilio o no

IDeal

Jueves, 14 de mayo 2020, 11:23

El 11 de mayo entró en vigor una nueva normativa sobre la ocupación y el uso de vehículos de transporte público y privado. La DGT, consciente de las dudas que pueden generar estos cambios en los ciudadanos, ha aclarado a través de Twitter cuáles son ... las nuevas reglas para desplazarse.

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Motocicletas y ciclomotores

En motocicletas, ciclomotores y vehículos de categoría L en general que tengan dos plazas homologadas, pueden viajar dos personas siempre que lleven casco integral con visera, utilicen mascarilla o residan el el mismo domicilio. En el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido es obligatorio que tanto el pasajero como el conductor usen guantes. A estos efectos, están admitidos los guantes de protección de motoristas.

Transporte en turismos

En los vehículos privados particulares o privados complementarios de personas con hasta nueve plazas -incluido el conductor- pueden viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas ellas residan en el mismo domicilio. En este caso no será necesario el uso de mascarilla. Si no todos los ocupantes conviven en el mismo domicilio, pueden desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que usen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre ocupantes.

En taxi y VTC (vehículo de transporte con conductor) pueden viajar dos personas por cada fila adicional de asientos, excepto en la del conductor, en la que sólo viajará el mismo. En todo caso, se debe garantizar la distancia máxima posible entre los ocupantes. Si todos los usuarios conviven en el mismo domicilio, pueden ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto a la del conductor.

Furgones y similares

En vehículos que sólo dispongan de una fila de asientos -como en el supuesto de camiones, furgonetas u otros- pueden viajar como máximo dos personas, siempre que los ocupantes usen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario únicamente podrá viajar el conductor.

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Transporte urbano y desplazamientos en autobuses y trenes

En los transportes públicos colectivos de pasajeros de ámbito urbano y periurbano en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros en tren, hay que procurar que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible. Se establece como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.

En el transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús y transportes ferroviarios en los que todos los ocupantes deban ir sentados, el operador debe limitar la ocupación total de plazas de manera que los pasajeros tengan al lado un asiento contiguo vacío que los separe del resto. Sí pueden ocupar asientos contiguos las personas que viajen juntas y convivan en el mismo domicilio. En todo caso, en los autobuses se debe mantener siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor.

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El uso de mascarillas que cubran nariz y boca es obligatorio para los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo.

¿A qué fases se aplican estas normas?

Ante la pregunta de varios ciudadanos, la DGT ha aclarado que estas normas se aplican a todo el territorio español, independientemente de si la provincia se encuentra en fase 0 o en fase 1.

No obstante, las limitaciones de movilidad sí son diferentes según la fase en la que se encuentre cada territorio. Aquellas zonas que se encuentren en fase 0 pueden usar los transportes para las actividades permitidas antes de que comenzara el plan de desescalada: adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, desplazamiento al trabajo, asistencia a centros sanitarios, cuidado de personas mayores y dependientes, retorno a la residencia habitual, desplazamiento a entiendades financieras y de seguros y por causa de fuerza mayor. Asimismo se puede acudir a los establecimientos comerciales con cita previa.

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En la fase 1 las restricciones son menores y está permitido circular por la provincia, isla o unidad territorial tomada como referencia para la desescalada. Asimismo, están permitidos los desplazamientos «a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia, familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza«. En cualquier caso, se mantiene la obligación de respetar las medidas de seguridad: lavado de manos y distancia de dos metros o uso de mascarilla.

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