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La OCU explica cómo leer la factura de la luz para entender la subida de precio

La entidad ha recogido un desglose detallado de los aspectos que recoge el recibo tanto en el mercado libre como en el regulado

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GRANADA

Miércoles, 18 de agosto 2021, 11:24

Un estudio realizado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha determinado que tan solo un 11% de los consumidores españoles entiende al completo su factura de la luz, mientras que el resto, un 89%, ignora, entre otros aspectos, si está en el ... mercado libre o en el regulado, así como si el recibo incluye los servicios a la distribuidora y la comercializadora. Por ello, la entidad ha recogido en su portal web oficial una detallada explicación de lo que significa cada uno de los datos que componen la factura de la luz.

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En primer lugar, la OCU aclara que el recibo está formado por dos grandes conceptos: un coste fijo por disponer de electricidad, que se paga por cada kW de potencia contratada por el usuario, y el coste de la electricidad consumida en los diferentes tramos horarios que tenga la tarifa aplicada. A ello, se añaden otros conceptos, como los impuestos o el alquiler del contador. A partir de aquí, existen dos tipos de facturas. En el mercado regulado, todas las compañías organizan los datos de la misma forma, mientras que las tarifas en el mercado libre pueden ser de maneras distintas, si bien deben contener unos aspectos mínimos.

Factura en el mercado regulado

En una factura expedida por una compañía que trabaja en el mercado regulado, el primer dato que se presenta es el propio nombre de la empresa, que precisamente permite conocer si esta trabaja en el mercado regulado o en el libre. Seguidamente, el usuario debe encontrar el número de factura, que identifica los importes en caso de reclamación, y el periodo de consumo, que, salvo algunas excepciones, debe ser mensual.

Otro dato identificativo que recoge la factura es el Código Unificado de punto de suministro, que distingue la instalación de cada usuario y es independiente a la comercializadora contratada. Inmediatamente después, se puede encontrar el tipo de contrato, justo antes de la información que permite comenzar el desglose del importe a pagar. Esta comienza con el peaje de transporte y distribución y la potencia contratada, que se recoge junto a la referencia del contrato de acceso. La fecha final del contrato también aparece en el documento, si bien en el mercado regulado no tiene importancia porque el contrato se renueva automáticamente cada año.

La información de consumo eléctrico resume con un gráfico el consumo de cada usuario durante los últimos 14 meses en cada tramo horario. Las claves de color indican si son consumos reales o estimados, mientras que la lista negra detalla el consumo medio mensual y el dato bajo el gráfico aporta el consumo medio diario. Seguidamente, la factura señala la lectura actual, con una indicación de si se trata de un dato real o estimado, y el consumo en cada tramo horario. En este punto, las comercializadoras deberán incluir cuál es el pico de potencia máximo que ha tenido en horario punta y valle durante los últimos doce meses, una información que permitirá ajustar mejor la potencia contratada, según la OCU. Por último, antes del desglose de cada apartado de la factura, en el recibo deben aparecer las vías de contacto con la compañía, así como el número de teléfono para realizar reclamaciones a la comercializadora y la dirección a la que acudir en caso de avería.

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La factura incluye varios conceptos. El primero en aparecer es la facturación por potencia contratada, que es un término fijo que dice lo que el usuario va a pagar aun sin consumir nada. Varía en función de los meses por la duración de los mismos e incluye importe por peajes y cargos e importe por margen de comercialización fijo. La facturación por energía consumida determina el precio por cada franja horaria y, a su vez, abarca dos conceptos por cada tramo: peajes y cargos y el coste de la energía. Si el usuario dispone de paneles fotovoltaicos, la factura debe incluir el concepto 'Facturación por energía excedentaria' y, en caso de que se recuenten excedentes superiores al límite que puede compensar por el consumo de ese mes, aparecerá un nuevo concepto denominado 'Ajuste de compensación por autoconsumo'. De igual forma, disponer del Bono Social implicará el reflejo del porcentaje de descuentos aplicable y los importes sobre los que se aplica.

En última instancia la factura detallará los impuestos, empezando por el impuesto sobre la electricidad, del 5,1127%. Recogerá el alquiler de equipos de medida, regulado por la Administración, y el IVA, del 21%.

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Factura en el mercado libre

Una factura expedida por una compañía que trabaja en el mercado libre no se ajusta a un modelo concreto, pero debe incluir necesariamente una serie de conceptos. De inicio, de nuevo, el nombre de la compañía, seguido de la potencia contratada, el periodo de facturación y el número de la factura. En este tipo de recibos, además, se debe incluir siempre un gráfico de evolución del consumo para comparar el último gasto con el del mismo periodo del año anterior, así como los detalles del consumo a cada hora, también disponibles en la web de la distribuidora.

En los detalles de la factura, el recibo debe contener en primer lugar la potencia facturada, que es el valor fijo de la potencia punta y valle que se haya contratado. También debe estar recogida la energía facturada, que son los kW por hora consumidos y su precio total, aunque las empresas no tienen la obligación de detallar cada uno de los conceptos que este apartado abarca. Sí, en cambio, están obligadas a indicar el impuesto sobre la electricidad, del 5,1127%, y los servicios y otros conceptos, que no son estrictamente la energía. También se incluye el alquiler del equipo de medida, regulado por la Administración, otros servicios, como el de mantenimiento o reparaciones urgentes, y el IVA.

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La fecha final del contrato, en el mercado libre, sí es determinante, pues puede ser el momento en el que se puede dar de baja un servicio de mantenimiento sin coste o de cambair de comercializadora sin penalización. También se precisa cuál es la empresa distribuidora, que no se puede elegir, aunque conviene tener identificada porque es la que se encargará de resolver averías y leer los contadores, entre otros aspectos. La identificación del Punto de Suministro resulta aquí un dato fundamental, aunque algunas compañías permiten el cambio solo a partir de la dirección.

La normativa obliga a las comercializadoras del mercado libre a incluir otras informaciones, como el consumo desagregado por periodos de facturación, los importes por peajes y cargos y las reclamaciones. Además, la compañía debe informar si existe o no penalización por cancelación anticipada del servicio, así como la fecha a partir de la que no habrá sanción, y los picos de potencia máxima y mínima durante los últimos 12 meses.

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