Un anciano pasea por el barrio del Albaicín. Pepe Marín

Esta es la pensión mínima de 1.335 euros al mes que puedes cobrar en 2022

La Seguridad Social comparte un cuadro resumen de las cuantías mensuales y anuales de todas las prestaciones que ofrece en España

IDEAL

Domingo, 29 de mayo 2022, 10:34

La Seguridad Social, que recientemente anunciaba la lista de enfermedades que dan derecho a una pensión de incapacidad permanente, publica ahora un cuadro que resume las cuantías mínimas mensuales y anuales de las distintas prestaciones.

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En 2022, los pensionistas podrán percibir, como ... máximo, 2.819,18 euros al mes, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder al titular, con un máximo de 39.468,52 euros al año.

No obstante, la Seguridad Social garantiza unas cuantías mínimas al mes en algunas prestaciones concretas, aunque pueden variar en función de la edad del pensionista y de si tiene o no familiares a su cargo. En cualquier caso, no deberá superar el límite de ingresos establecido.

Por lo tanto, las pensiones contributivas durante este año 2022, divididas en 14 pagas, oscilarán entre los 3.089 euros de la pensión de orfandad por beneficiario (que se incrementará en 7.655 si la orfandad es absoluta) hasta los 18.801 euros para quien padezca una invalidez permanente y cobre la pensión de gran invalidez con su cónyuge a cargo (1.335 euros mensuales en 14 pagas).

Así, durante este próximo año, el importe máximo para las pensiones contributivas se situará en 39.474 euros anuales, abonados en 14 pagas.

La Seguridad Social ha publicado un cuadro que recoge las cuantías mínimas mensuales y anuales de las distintas pensiones a las que se puede tener derecho en España: jubilación, incapacidad permanente, orfandad, viudedad, en favor de familiares y del SOVI.

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Cuantía mínima de las pensiones en 2022

Jubilación con 65 años o más:

- Con cónyuge a cargo: 12.467 euros al año.

- Sin cónyuge: 10.103,80 euros al año.

- Con cónyuge no a cargo: 9.590 euros al año.

Jubilación con menos de 65 años:

- Con cónyuge a cargo: 11.688,60 euros al año.

- Sin cónyuge: 9.452,80 euros al año.

- Con cónyuge no a cargo: 8.934,80 euros al año.

Incapacidad permanente de gran invalidez:

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- Con cónyuge a cargo: 18.701,20 euros al año.

- Sin cónyuge: 15.156,40 euros al año.

- Con cónyuge no a cargo: 14.385 euros al año.

Incapacidad absoluta o total de los titulares de 65 años o más:

- Con cónyuge a cargo: 12.467 euros al año.

- Sin cónyuge: 10.103,80 euros al año.

- Con cónyuge no a cargo: 9.590 euros al año.

Incapacidad total de los titulares de entre 60 y 64 años:

- Con cónyuge a cargo: 11.688,60 euros al año.

- Sin cónyuge: 9.452,80 euros al año.

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- Con cónyuge no a cargo: 8.934,80 euros al año.

Incapacidad total derivada de una enfermedad común para menores de 60 años:

- Con cónyuge a cargo: 7.448 euros al año.

- Con cónyuge no a cargo: 7.383,6 euros al año.

Viudedad:

- Con cargas familiares: 11.688,60 euros al año.

- Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 10.103,80 euros al año.

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- Titulares de entre 60 y 64 años: 9.452,80 euros al año.

- Menores de 60 años sin cargas: 7.655,20 euros al año.

Orfandad:

- Por beneficiario: 3.089,80 euros al año.

- Para menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65%: 6.076 euros al año.

- Para casos de orfandad absoluta: 9.457 euros al año para un solo beneficiario (15.941,80 €/año a repartir entre los beneficiarios si son varios).

En favor de familiares:

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- Por beneficiario: 3.089,80 euros al año

- Ni viudo ni huérfano. Un solo beneficiario con 65 años o más: 7.463,40 euros al año.

- Ni viudo ni huérfano. Un solo beneficiario menor de 65 años: 7.033,60 euros al año.

- Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.565,40 euros al año entre el número de beneficiarios.

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