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Lunes, 8 de noviembre 2021, 13:47
La jubilación es el final a toda una carrera laboral. Los años de cotización y los distintos oficios que haya desempeñado el trabajador determinarán el importe total de la pensión resultante. Además, el pensionista ha de estar atento a las novedades de la Seguridad Social, ... que también recomienda estar al tanto de un documento clave para no perder la prestación por hijo a cargo, pues, en caso contrario, puede sufrir las consecuencias. Por ejemplo, perder la paga.
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Errar en la notificación de alguna modificación al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede conllevar la pérdida de la paga mensual del pensionista. Al solicitar dicha pensión, hay que rellenar una serie de campos esenciales que darán forma a la cuantía final de la prestación. Por ejemplo, el estado civil, la cuenta bancaria o el domicilio.
La Seguridad Social, que cuenta con requisitos para dar de alta a trabajadores del hogar, alerta de que un cambio no notificado en cualquiera de los requisitos iniciales para solicitar la pensión puede acabar significando la pérdida de la cuantía, así como una posible sanción.
Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social señalan que deben notificarse todos los cambios relativos a la situación personal y financiera del beneficiario de una pensión pública. Es el caso de una nueva dirección de domicilio, una nueva residencia fiscal o cuenta bancaria en la que ingresar la cuantía asignada.
Si el jubilado reiniciara su actividad laboral también habría que indicarlo a la Seguridad Social, así como nacimientos o cambios en el estado civil inicialmente asignados en la solicitud de pensión. Todas estas modificaciones, según indican desde la Seguridad Social, deben realizarse dentro de los 30 primeros días desde que se materializa el cambio.
En caso de no cumplir con este periodo de tiempo la pensión se suspendería cautelarmente, pero se podría recuperar si se aporta la documentación solicitada o si se comparece ante la Seguridad Social antes de 90 días. Dependiendo de la modificación que no se haya notificado incluso el pensionista podría ser sancionado por la autoridad pública.
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